martes, 22 de junio de 2010

Sector Público vs. Privado. Posibilidades y Limitaciones

Es claro para la gente informada que los funcionarios pueden hacer únicamente lo que la Ley les autoriza. Caso contrario, el sector privado puede hacer todo lo que la Ley no prohíba. Esta diferencia tiene implicaciones profundas en el actuar de dichos sectores.
Asimismo, el sector público cuenta con sistemas de control que tienen como meta limitar la discrecionalidad del funcionario en ejercicio, con miras a garantizar la transparencia, el cumplimiento de los preceptos constitucionales y legales. Entre estos, los procesos de licitaciones, la necesidad de que todo gasto a realizar cuente con los fondos necesarios, que se cumplan con estudios de impacto ambiental en caso de obras públicas e inclusive privadas, la igualdad de oportunidades para competir por posiciones o contrataciones, la auditoría ex ante, el control previo de la Contraloría, etc.
Las empresas privadas organizadas con varios propietarios, también tienen sus procesos enmarcados dentro del ambiente de control interno, que también se cumple en el sector público, el gobierno corporativo con sus directorios o juntas directivas, sus reglamentos internos, de personal, de adquisiciones, etc.
Es decir, aunque el marco de la Ley tiene diferencias significativas entre lo que puede hacer un ejecutivo público y uno del sector privado, las empresas bien administradas tienen sus controles internos, sus mecanismos de supervisión y de rendición de cuentas que demandan el cumplimiento de normas establecidas.
Solamente las empresas muy pequeñas o de propietarios únicos, actúan de manera autocrática, sin apego a normas de rendición de cuentas o de controles internos. Esto las hace más rápidas en tomar decisiones, lo cual en el sector privado es menos complejo porque la motivación del sector privado, en términos muy primarios, es la ganancia. Ya las empresas más estructuradas, menos salvajes por llamarlas de alguna manera, tienen lo que se llama hoy día responsabilidad social.
Ya el sector público tiene mayores complejidades, aparte de las normas que limitan la acción y autoridad del funcionario público, desde el Presidente de la República, al más humilde trabajador manual. Hay implicaciones políticas, humanas y de interés social. Y la razón es simple. Todos los panameños, menores o mayores de edad, somos accionistas de esta gran empresa que es el país. Y todos esperamos que las acciones que se tomen, beneficien a las mayorías.
Pero cuando el gobierno de turno elimina o limita los controles y/o los mecanismos de rendición de cuentas que establecen las leyes de la República, cómo protegernos de estas decisiones? Cómo evitar los abusos que puedan ocurrir si el Ejecutivo elimina los controles que la Ley contempla para garantizar el buen gobierno?
Sólo nos queda la Corte Suprema de Justicia para reclamar la vigencia del Estado de Derecho, desde el ejercicio mismo del Poder por parte de las autoridades electas.
Estará a la altura del reto, o responderá a los gobernantes de turno?
Francisco Bustamante franciscobu@gmail.com 06/22/2010 07:21 a.m.

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